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miércoles, 22 de octubre de 2014

Echan para atrás suspensión del personero de El Zulia.


foto: la opinión.

Por considerar que en los fallos tanto de primera como de segunda instancia se presentaron circunstancias y actuaciones que afectan la legalidad de las decisiones tomadas, el procurador general de la Nación, Alejandro Ordóñez, decidió revocar la suspensión de tres meses  que había sido proferida en contra del personero de El Zulia, José Ramón Escalante.
La determinación se produjo en atención a una solicitud de revocatoria directa interpuesta por el abogado del afectado, Armando Quintero, quien alegó que a su defendido se le violó el derecho al debido proceso.
Escalante había sido sancionado por la Procuraduría Provincial de Cúcuta, en noviembre de 2013, por haberse, presuntamente, extralimitado en sus funciones, al celebrar un contrato de prestación de servicios profesionales, mediante el cual le asignó a una abogada la representación de la Personería en las audiencias programadas por el respectivo Juzgado Promiscuo Municipal y ante otras autoridades.
Esta decisión fue confirmada en segunda instancia por la Procuraduría Regional en abril de 2014, por lo que se le ordenó al representante del Ministerio Público apartarse de sus funciones por un periodo de tres meses.
No obstante, al revisar el proceso, por solicitud del abogado Quintero, el procurador encontró que en el caso de Escalante se presentaron dos circunstancias que infringieron el debido proceso del investigado.
La primera de ellas por parte de la Procuraduría Provincial que desconoció algunas de las formalidades propias del proceso disciplinario.
Ordóñez también encontró que pese a la multiplicidad de argumentos expuestos por la defensa del personero en sustento de su apelación, estos no fueron atendidos por la segunda instancia al momento de fallar, es decir, por la Procuraduría Regional.
“La procuradora Regional de Norte de Santander, al citar los argumentos del apelante, se limitó a transcribir los que el procurador Provincial de Cúcuta resumió respecto de lo que en su momento adujo la defensa frente al primer punto de la imputación y lo que es más grave aún, no solo hizo una cita descontextualizada e incompleta de los argumentos de la defensa, sino que dejó de abordar argumentativamente los expuestos en sustento de la apelación”, reza uno de los apartes del fallo proferido por el procurador Ordóñez.

En ese sentido, el titular del Ministerio Público consideró necesario revocar la decisión en contra del personero del municipio metropolitano.

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